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Calculadora de Finiquito por Baja Voluntaria (Renuncia)

Calcula el finiquito que te corresponde al renunciar voluntariamente a tu empleo en México, incluyendo aguinaldo, vacaciones y prima de antigüedad si aplica.

Cálculo de finiquito por renuncia o baja voluntaria del trabajador en México

Por Gabriel Warner, editor y responsable de investigación · Actualizado el

Calculadora de Finiquito por Renuncia Voluntaria

Antigüedad: 2 año(s) completo(s) — salario diario: 394.52 MXN

Aguinaldo proporcional

Art. 87 LFT — 15 días de salario ÷ 365 × 207 días trabajados en el año calendario

$3,356.13

Pago de vacaciones proporcionales

0.00 días proporcionales de 16 días que corresponden a tu año de servicio en curso (Art. 76 LFT)

$0.00

Prima vacacional proporcional

Art. 80 LFT — 25% sobre los días de vacaciones proporcionales

$0.00

Total estimado

$3,356.13

Cálculo estimado en bruto (antes de ISR). Asume contrato por tiempo indeterminado. La retención de ISR sobre indemnizaciones sigue un procedimiento especial distinto al de tu sueldo mensual — consulta a un contador para tu monto neto exacto.

Respuesta directa: ¿cuánto me toca de finiquito si renuncio?

Al renunciar te corresponden tres conceptos: el aguinaldo proporcional a los días trabajados en el año, las vacaciones que generaste y no disfrutaste, y la prima vacacional del 25% sobre esas vacaciones. Más cualquier salario pendiente hasta tu último día.

Para un trabajador de $15,000 pesos mensuales con seis años de antigüedad y 10 días de vacaciones sin tomar, eso son unos $10,461 pesos. No hay indemnización, porque la salida fue decisión tuya, y tampoco prima de antigüedad, porque al renunciar solo se paga si acumulaste 15 años o más de servicio (artículo 162 LFT). Con 14 años y 11 meses no te toca; con 15 años cumplidos, sí.

¿Qué es la baja voluntaria?

La baja voluntaria, o renuncia, ocurre cuando es el propio trabajador quien decide terminar la relación laboral por su propia voluntad, sin que medie ninguna causa imputable al patrón. A diferencia del despido, aquí no hay responsabilidad del empleador en la terminación, por lo que no existe derecho a indemnización constitucional ni a los veinte días por año de servicio que sí aplican en un despido injustificado.

¿Cómo debo renunciar correctamente?

Aunque la LFT no exige una anticipación mínima obligatoria para renunciar, la práctica y la mayoría de los contratos individuales de trabajo recomiendan avisar con al menos quince días naturales de anticipación, por escrito y con acuse de recibo. Esto no es solo cortesía profesional: contar con una carta de renuncia firmada te protege legalmente, ya que evita que el patrón alegue después un "abandono de empleo" —que sí es una causa de rescisión justificada— en lugar de reconocer tu renuncia voluntaria.

¿Qué te corresponde de finiquito al renunciar?

Aunque renuncies, conservas todos los derechos y prestaciones que ya generaste durante tu tiempo trabajado: el aguinaldo proporcional (artículo 87 LFT), las vacaciones proporcionales y su prima vacacional del 25% según tu antigüedad —12 días el primer año, hasta 20 al quinto y 2 días más por cada 5 años adicionales, conforme a la escala de "Vacaciones Dignas"— y los salarios devengados y no pagados hasta tu último día trabajado.

También tienes derecho a la prima de antigüedad (artículo 162 LFT), pero únicamente si cuentas con quince años o más de antigüedad en la empresa. Si renuncias con menos de quince años, este concepto no aplica: es la diferencia más relevante frente al finiquito por despido, donde la prima de antigüedad siempre se paga sin importar los años de servicio.

¿Qué NO te corresponde al renunciar?

No tienes derecho a la indemnización constitucional de tres meses de salario ni a los veinte días de salario por año de servicio (artículo 50 LFT), ya que estos conceptos son exclusivos de una terminación imputable al patrón. Tampoco existe en México un seguro de desempleo tradicional pagado por el gobierno al renunciar, aunque sí puedes solicitar el retiro parcial de tu subcuenta de vivienda o de retiro del IMSS bajo ciertas condiciones si te quedas sin empleo formal.

ISR en el finiquito: tratamiento fiscal

Los montos de esta calculadora son brutos. El aguinaldo proporcional está exento de ISR hasta por 30 veces la UMA diaria —equivalente a $3,519.30 pesos en 2026— y la prima vacacional está exenta hasta 15 veces la UMA ($1,759.65 pesos). Solo el excedente sobre estos montos se grava. Consulta nuestra calculadora de ISR y PTU para más detalle sobre cómo se retiene el impuesto sobre estos conceptos.

¿Qué pasa si mi patrón no me paga el finiquito después de renunciar?

Aunque hayas renunciado, tu patrón sigue obligado a pagarte el finiquito que te corresponde. Si no lo hace, puedes acudir al Centro de Conciliación y Registro Laboral de tu estado (o al federal, según corresponda) para iniciar una reclamación. El plazo general de prescripción para reclamar salarios y prestaciones ordinarias es de un año a partir de que se volvieron exigibles (artículo 516 LFT).

¿Qué pasa con tu IMSS y tu Afore al renunciar?

Al presentar tu renuncia, tu patrón debe dar el aviso de baja correspondiente ante el IMSS. Esto no afecta en absoluto tu saldo acumulado en tu Afore (cuenta individual de retiro): ese dinero es tuyo, sigue generando rendimientos, y se transfiere automáticamente en cuanto te afilies con un nuevo patrón. Además, conservas hasta ocho semanas de vigencia de derechos ante el IMSS después de tu baja, un periodo de protección pensado para que puedas atender urgencias médicas mientras consigues un nuevo empleo formal.

Renuncia voluntaria vs. terminación por mutuo consentimiento

Existe otra figura legal distinta a la renuncia: la terminación de la relación laboral por mutuo consentimiento (artículo 53, fracción I de la LFT), en la que tanto el trabajador como el patrón acuerdan por escrito terminar la relación laboral, generalmente a cambio de una compensación económica adicional al finiquito que el patrón ofrece de forma voluntaria (no obligatoria por ley). A diferencia de la renuncia unilateral, este convenio debe firmarse ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral para tener plena validez legal, y suele ser más favorable económicamente para el trabajador, ya que el patrón puede incluir un pago adicional a cambio de una salida ordenada y sin conflicto. Si tu patrón te ofrece "renunciar" a cambio de un pago extra, en realidad te está proponiendo esta figura, y conviene que el convenio se formalice ante la autoridad laboral.

Preguntas frecuentes

¿Puedo arrepentirme de mi renuncia? Una vez entregada y aceptada tu carta de renuncia no puedes exigir tu reinstalación de forma unilateral; sin embargo, si tu patrón acepta que continúes trabajando, la renuncia queda sin efectos por mutuo acuerdo.

¿Me pueden descontar algo de mi finiquito? Solo los descuentos autorizados por ley (créditos INFONAVIT, pensiones alimenticias) o los que tú hayas autorizado expresamente por escrito.

¿Es lo mismo renuncia voluntaria que "baja voluntaria"? Sí, son el mismo concepto: "baja voluntaria" es el término que usan recursos humanos y el IMSS para referirse a tu renuncia.

Calcula otro motivo de baja

El monto de tu finiquito cambia según cómo terminó tu relación laboral. Si tu caso es otro, usa la calculadora del motivo correcto o revisa la guía completa de finiquito para identificarlo.

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