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Calculadora de Finiquito y Liquidación 2026

Calcula gratis lo que te corresponde al salir de tu empleo en México, conforme a la Ley Federal del Trabajo vigente en 2026. Elige el motivo de tu baja para ver el desglose exacto de tu caso.

Calculadora de finiquito en México con desglose de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional

Por Gabriel Warner, editor y responsable de investigación · Actualizado el

Respuesta directa: ¿cuánto me toca de finiquito?

Si renuncias, tu finiquito se compone de tres conceptos: el aguinaldo proporcional a los días que trabajaste este año, las vacaciones que no disfrutaste y la prima vacacional del 25% sobre esas vacaciones. Para un trabajador de $15,000 pesos al mes con seis años de antigüedad y diez días de vacaciones pendientes, eso equivale a unos $10,461 pesos.

Si te despiden sin causa justificada, a esos mismos conceptos se les suma la prima de antigüedad (12 días por año trabajado) y la indemnización constitucional: tres meses de salario más 20 días por cada año de servicio. El mismo trabajador del ejemplo pasaría de $10,461 a aproximadamente $149,529 pesos. Esa diferencia —más de catorce veces— es la razón por la que conviene identificar bien el motivo de tu baja antes de firmar nada.

¿Qué es el finiquito y quién tiene derecho a recibirlo?

El finiquito es el pago que todo trabajador en México recibe al terminar su relación laboral, sin importar la causa de la separación. Renunciaste, te despidieron con causa, te despidieron sin causa o se acabó tu contrato: en los cuatro casos hay finiquito. No es un favor de la empresa ni algo negociable, es dinero que ya generaste con tu trabajo y que el patrón simplemente todavía no te ha entregado.

Tienes derecho a él aunque no hayas firmado contrato por escrito, aunque te pagaran en efectivo y aunque llevaras poco tiempo en el puesto. La Ley Federal del Trabajo presume que existe relación laboral cuando hay un trabajo personal subordinado a cambio de un salario, y la carga de probar lo contrario recae en el patrón, no en ti (artículo 784 LFT). Si trabajaste tres semanas, te toca el proporcional de esas tres semanas.

Finiquito y liquidación: por qué no son lo mismo

Es la confusión más cara que existe en materia laboral en México, y conviene aclararla antes de firmar cualquier documento. En el lenguaje cotidiano se le llama "liquidación" al paquete completo que se paga cuando a alguien lo corren sin motivo, y "finiquito" a lo que se paga cuando alguien renuncia. Legalmente eso no es exacto: la LFT no usa la palabra "liquidación" en ningún artículo. Lo que la ley reconoce son dos cosas distintas que a veces se pagan juntas.

El finiquito son las prestaciones proporcionales que ya devengaste: aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y salarios pendientes. La indemnización es una sanción económica que la ley impone al patrón únicamente cuando te despidió sin causa justificada. Por eso el monto de un despido injustificado es tan superior al de una renuncia: no es que el finiquito "valga más" en un caso que en otro, es que en el despido injustificado se suma la indemnización encima del finiquito.

La consecuencia práctica importa mucho: si tu patrón te ofrece "tu liquidación" y el documento que te pone enfrente solo desglosa aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, entonces te está pagando el finiquito y llamándolo liquidación. Si el motivo real fue un despido sin causa, te están faltando la prima de antigüedad y la indemnización constitucional.

Qué te corresponde según el motivo real de tu baja (Ley Federal del Trabajo)
ConceptoRenunciaDespido justificadoDespido injustificado
Salarios pendientes
Aguinaldo proporcional (art. 87)
Vacaciones no disfrutadas (art. 76)
Prima vacacional 25% (art. 80)
Prima de antigüedad (art. 162)Solo con 15+ años
3 meses de indemnización (art. 48)NoNo
20 días por año (art. 50)NoNo
Salarios caídos (art. 48)NoNoSí, si demandas

Cuántos días de vacaciones te tocan según tu antigüedad

Desde la reforma de "Vacaciones Dignas", vigente a partir del 1 de enero de 2023, el primer año de trabajo da derecho a 12 días de vacaciones y no a 6 como ocurría antes. Esta tabla es la que debes usar para saber cuántos días te correspondían el año en que saliste, porque el finiquito paga las vacaciones que generaste y no disfrutaste.

Escala de vacaciones por antigüedad, artículo 76 LFT vigente en 2026
Años cumplidosDías de vacaciones al año
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días
21 a 25 años28 días
26 a 30 años30 días

Un detalle que casi nadie revisa: las vacaciones no disfrutadas de años anteriores no desaparecen automáticamente. Prescriben al año de haberse generado (artículo 516 LFT), así que si saliste debiendo días del ejercicio pasado, todavía pueden ser exigibles.

Cómo se calcula tu finiquito paso a paso

Paso 1, obtén tu salario diario. Nuestras calculadoras toman tu sueldo mensual bruto y lo convierten a base diaria multiplicando por 12 y dividiendo entre 365. Con $15,000 pesos al mes, tu salario diario es de $493.15.

Paso 2, calcula el aguinaldo proporcional. Multiplica 15 días por tu salario diario y divide entre 365; luego multiplica por los días que trabajaste en el año calendario en curso. Son 15 días como mínimo legal (artículo 87 LFT), pero si tu contrato o tu empresa otorga más, se usa esa cifra superior.

Paso 3, calcula las vacaciones no disfrutadas. Toma los días que te correspondían según la tabla de arriba, réstale los que sí tomaste y multiplica el resultado por tu salario diario.

Paso 4, saca la prima vacacional. Es el 25% del importe de las vacaciones que acabas de calcular, como mínimo legal (artículo 80 LFT).

Paso 5, suma la prima de antigüedad si te corresponde. Son 12 días de salario por cada año trabajado. Aquí hay un tope que casi ninguna calculadora explica: la base de cálculo se topa a dos veces el salario mínimo, es decir $630.08 diarios en 2026. Si ganas menos que eso, se usa tu salario real; si ganas más, la prima se calcula sobre los $630.08 y no sobre tu sueldo.

Paso 6, agrega la indemnización solo si el despido fue injustificado. Son tres meses de salario (90 días) más 20 días por cada año de servicio.

Ejemplo real: $15,000 al mes y 6 años de antigüedad

Tomemos a una trabajadora que ingresó el 1 de agosto de 2020, sale el 31 de julio de 2026 con exactamente seis años cumplidos, gana $15,000 pesos mensuales y tiene 10 días de vacaciones sin disfrutar. Su salario diario es de $493.15 pesos y trabajó 212 días del año calendario 2026.

Aguinaldo proporcional: 15 días × $493.15 = $7,397.25 al año; proporcional por 212 días = $4,296.66.

Vacaciones no disfrutadas: 10 días × $493.15 = $4,931.50. Con seis años cumplidos le correspondían 22 días anuales según la tabla del artículo 76.

Prima vacacional: 25% de $4,931.50 = $1,232.88.

Hasta aquí suman $10,461.04, y eso es exactamente lo que recibiría si renunciara, porque con seis años todavía no alcanza los 15 que exige la ley para cobrar prima de antigüedad al renunciar.

Prima de antigüedad: 12 días × 6 años = 72 días × $493.15 = $35,506.80. Como su salario diario ($493.15) es menor al tope de dos salarios mínimos ($630.08), se calcula sobre su sueldo real.

Indemnización constitucional: 90 días × $493.15 = $44,383.50, más 20 días por año (120 días) × $493.15 = $59,178.00. Juntas suman $103,561.50.

Total por despido injustificado: $149,529.34 pesos. Total por despido justificado: $45,967.84. Total por renuncia: $10,461.04. El mismo puesto, el mismo sueldo, la misma antigüedad y el mismo día de salida.

¿El finiquito paga ISR? Las exenciones de 2026

Sí, parcialmente, y aquí es donde mucha gente se lleva una sorpresa al ver el depósito. Cada concepto tiene su propia regla de exención basada en la UMA, que en 2026 vale $117.31 pesos diarios.

El aguinaldo está exento hasta 30 veces la UMA, es decir $3,519.30; solo el excedente se grava. En el ejemplo anterior, con un aguinaldo de $4,296.66, únicamente $777.36 pasarían a la base gravable.

La prima vacacional está exenta hasta 15 veces la UMA, o sea $1,759.65. Los $1,232.88 del ejemplo quedan completamente libres de ISR.

La prima de antigüedad y las indemnizaciones tienen la exención más generosa y también la menos conocida: 90 veces la UMA por cada año de servicio (artículo 93, fracción XIII de la Ley del ISR). Con seis años eso son $63,347.40 exentos. Del total indemnizatorio de $139,068.30 del ejemplo, solo $75,720.90 formarían base gravable.

Si quieres estimar la retención sobre tu sueldo ordinario, revisa cómo se calcula el ISR paso a paso con la tarifa mensual vigente.

Salarios caídos: lo que casi ninguna calculadora incluye

Si te despidieron sin causa y decides demandar, existe un concepto adicional que no aparece en el finiquito ni en la mayoría de las calculadoras en línea: los salarios caídos o vencidos. Son los salarios que dejaste de percibir desde la fecha del despido hasta que se resuelve el juicio, y se pagan además de la indemnización.

El artículo 48 de la LFT los limita a un máximo de 12 meses. Si el procedimiento se extiende más allá de ese año, a partir del mes trece se generan intereses del 2% mensual sobre el importe de 15 meses de salario, capitalizable al momento del pago. No es un monto menor: en el ejemplo de arriba, doce meses de salarios caídos representarían $180,000 pesos adicionales.

Este concepto solo existe si demandas y ganas. No es algo que el patrón te vaya a ofrecer en la mesa de negociación, y es una de las razones por las que conviene consultar antes de firmar un convenio que renuncie a acciones legales.

Ejemplo comparativo entre los tres motivos de baja

Esta comparación muestra por qué es tan importante identificar correctamente tu motivo de baja: la diferencia entre un despido injustificado y una renuncia mal documentada puede representar decenas de miles de pesos. Usa la calculadora de cada motivo con tus propios datos para ver tu caso exacto.

Trabajadora con $15,000 mensuales, 6 años de antigüedad y 10 días de vacaciones pendientes
ConceptoRenunciaDespido justificadoDespido injustificado
Aguinaldo proporcional$4,296.66$4,296.66$4,296.66
Vacaciones no disfrutadas$4,931.50$4,931.50$4,931.50
Prima vacacional$1,232.88$1,232.88$1,232.88
Prima de antigüedad$0$35,506.80$35,506.80
Indemnización 90 días$0$0$44,383.50
20 días por año$0$0$59,178.00
Total bruto estimado$10,461.04$45,967.84$149,529.34

¿Cómo se calcula el salario diario para el finiquito?

Nuestras calculadoras piden tu salario mensual bruto y lo convierten a salario diario multiplicando por 12 y dividiendo entre 365, el método estándar para prorratear un sueldo mensual a base diaria. Para el finiquito, la ley usa tu salario diario ordinario, no el Salario Base de Cotización que se reporta al IMSS.

Si además de tu sueldo fijo recibes comisiones, bonos de productividad o percepciones variables de forma regular, el artículo 89 de la LFT indica que estas también deben integrarse a tu salario para efectos de indemnizaciones. En ese caso se toma el promedio de las percepciones de los últimos 30 días efectivamente trabajados, y el monto real puede ser bastante mayor al que arroja una calculadora basada solo en tu sueldo base. Es un punto que conviene reclamar expresamente si tu ingreso variable es una parte importante de lo que ganas.

Si tu patrón te registró ante el IMSS con un salario menor al que realmente te paga, algo ilegal pero frecuente, el finiquito que te ofrezcan se calculará sobre esa cifra menor. Tus recibos de nómina, estados de cuenta y transferencias sirven como prueba de tu salario real ante el Centro de Conciliación.

¿Cuándo te deben pagar el finiquito?

La LFT no fija un plazo exacto en días para el pago del finiquito. La práctica generalizada y los criterios de los tribunales laborales consideran razonable un máximo de 15 días naturales después de la baja. Entre más tiempo pase sin que te paguen, más fácil resulta argumentar ante el Centro de Conciliación que existe un incumplimiento por parte del patrón.

Ojo con los plazos para reclamar, porque no son iguales. Para exigir salarios y prestaciones tienes un año a partir de que se volvieron exigibles (artículo 516 LFT). Pero si lo que vas a reclamar es la indemnización por despido injustificado, el plazo se reduce a solo dos meses contados desde la separación (artículo 518 LFT). Dejar pasar ese plazo de dos meses es el error irreversible más común, y ninguna autoridad puede revivirlo después.

5 errores que te pueden costar decenas de miles de pesos

Firmar la renuncia que te pone enfrente el patrón. Si te están despidiendo, firmar una carta de renuncia convierte legalmente un despido injustificado en una baja voluntaria, y con eso pierdes la indemnización y, si tienes menos de 15 años, también la prima de antigüedad. En el ejemplo de arriba, esa firma cuesta $139,068 pesos. No hay obligación de firmar en el momento ni de firmar en blanco.

Aceptar que la prima de antigüedad se calcule sobre tu sueldo cuando ganas poco. El tope de dos salarios mínimos es un techo, no un piso. Si tu salario diario es menor a $630.08, la prima se calcula sobre tu salario real, que es mayor a lo que resultaría de aplicar mal el tope.

Dejar pasar los dos meses del artículo 518. Es el plazo para reclamar la indemnización por despido. Después de eso, aunque el despido haya sido evidentemente injustificado, la acción prescribe.

No exigir que el convenio se ratifique ante el Centro de Conciliación. Un convenio firmado solo ante la empresa, sin ratificación de la autoridad, es mucho más fácil de impugnar después, pero también te deja sin la certeza de que el pago sea definitivo.

Olvidar las vacaciones de años anteriores. Prescriben al año, no de inmediato. Si el año pasado no tomaste tus días, todavía pueden formar parte de tu finiquito.

¿Qué hacer si tu patrón no te paga? PROFEDET es gratuita

Si tu empleador no te paga lo que corresponde, no necesitas contratar un abogado particular para empezar. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) ofrece asesoría, conciliación y representación legal completamente gratuita para trabajadores. Puedes acudir presencialmente a sus oficinas o llamar a su línea telefónica sin costo.

El procedimiento actual en México empieza siempre por conciliación prejudicial obligatoria ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral de tu estado, o el federal si tu patrón es de jurisdicción federal (bancos, aerolíneas, minería, entre otros). Solo si la conciliación no prospera se acude al Tribunal Laboral. Las antiguas Juntas de Conciliación y Arbitraje ya no existen tras la reforma laboral.

Lleva contigo lo que tengas: contrato, recibos de nómina, credencial de la empresa, estados de cuenta donde se vea el depósito de tu sueldo, mensajes o correos donde conste tu despido. No es indispensable tener todo, porque en materia laboral la carga de la prueba recae principalmente en el patrón, pero cada documento ayuda a fijar tu salario y tu antigüedad reales.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito en México

¿Finiquito y liquidación son lo mismo? No exactamente. En el habla cotidiana se llama "liquidación" al paquete completo de un despido injustificado (finiquito más indemnización más prima de antigüedad), y "finiquito" a lo que se paga al renunciar. La LFT no usa la palabra liquidación: legalmente todo se descompone en finiquito e indemnización.

¿Me toca finiquito si renuncio? Sí, siempre. Aguinaldo proporcional, vacaciones no disfrutadas y prima vacacional te corresponden aunque la salida haya sido decisión tuya. Lo que no te toca al renunciar es la indemnización, ni la prima de antigüedad si tienes menos de 15 años de servicio.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mi finiquito? Un año para salarios y prestaciones (artículo 516 LFT). Solo dos meses si además vas a reclamar indemnización por despido injustificado (artículo 518 LFT).

¿El finiquito paga ISR? Parcialmente. El aguinaldo está exento hasta $3,519.30 en 2026 y la prima vacacional hasta $1,759.65. Las indemnizaciones y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 UMA por año de servicio, es decir $10,557.90 por cada año trabajado.

¿Qué pasa si mi contrato era temporal o por obra determinada? Al terminar el contrato por vencimiento natural te corresponde el finiquito completo, pero no indemnización. Si te dan de baja antes de que venza el plazo pactado y sin causa justificada, sí procede la indemnización.

¿Y si trabajaba sin contrato firmado o me pagaban en efectivo? Tienes exactamente los mismos derechos. La relación laboral se prueba por los hechos, no por el papel, y corresponde al patrón demostrar que no existía (artículo 784 LFT).

¿Puedo cobrar finiquito si estoy incapacitada o embarazada? Sí. Además, el despido durante el embarazo o el periodo de lactancia puede constituir discriminación, lo que abre acciones adicionales más allá del finiquito. Conviene asesorarte con PROFEDET antes de aceptar cualquier convenio.

¿Necesito firmar algo para recibir mi finiquito? Normalmente un convenio de terminación laboral. Conviene que se ratifique ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral para que tenga plena validez y quede constancia de que no renunciaste a derechos sin supervisión de la autoridad.

¿Me pueden descontar algo del finiquito? Sí, pero con límites. Pueden descontarse deudas documentadas con la empresa, el ISR correspondiente y el saldo de tu crédito INFONAVIT si tienes uno. No pueden descontarse multas, ni daños que no hayas reconocido, ni pérdidas del negocio.

¿Cuál calculadora uso si no sé bien cuál fue mi motivo de baja? Si dudas entre despido justificado e injustificado, usa la de despido injustificado como referencia del monto máximo posible y confirma tu caso con PROFEDET o con un abogado laboral antes de firmar.

Otras calculadoras que te pueden servir